9 DE ABRIL DEL 2012
ARTICULO 4. Todos los
habitantes del país deben cursar preescolar primaria y secundaria y los padres deben
mandar a los niños ya que según el Articulo no. 3 de la constitución de los
estados unidos mexicanos nos dice que todo individuo tiene derecho a recibir
educación del EL ESTADO –FEDERACION, ESTADOS, DISTRITO
FEDERAL Y MUNICIPIOS, además cabe mencionar que Preescolar, Primaria Y secundaria
que conforman el nivel básico, son obligatorios.
Artículo 5. La educación
que se brinde será laica, y ajena a cualquier doctrina religiosa pero como nos
marca el Artículo 3ro de la constitución de los estados unidos mexicanos
fracción I cada persona tiene derecho a la libertad de creencias.
ARTICULO 6. Nos
señala al igual que la fracción IV del artículo 3ro de la constitución que la Educación
será gratuita, las donaciones destinadas a la educación no se entenderán con un
pago por la misma.
ARTICULO 7. La
educación que impartan el Estado, sus organismos descentralizados y los particulares
con autorización o con reconocimiento de validez oficial de estudios TENDRA COMO FIN lo que el Artículo 3ro
nombra a partir de su según párrafo:
I.
Contribuir al desarrollo integral del individuo, la importancia a las
diferentes áreas que conforman la vida de un ser humano. Estas son: Salud Física, Profesión-Intelecto, Bienes Materiales,
Relaciones Interpersonales (Amigos-Familia), Espiritualidad y Responsabilidad
Social.
III. En las escuelas hacer conciencia de la nacionalidad y de la soberanía,
el aprecio por la historia, los símbolos patrios y las instituciones nacionales,
así como la valoración de las tradiciones y Particularidades culturales de las
diversas regiones del país, con
diferentes representaciones para que los niños asuman las importancias por cada
uno.
IV. Promover la pluralidad
lingüística, respetar el uso de
más de una lengua en una región.
Los hablantes de lenguas indígenas, tendrán acceso a la
educación obligatoria en su propia lengua y español.
IX. Promotores de la
salud
ARTICULO 8. El Estado y sus organismos descentralizados
la educación preescolar, la primaria, la secundaria, la normal y demás para la
Formación de maestros de educación básica que los particulares.
Luchará: contra la ignorancia y sus
causas y efectos, las servidumbres, los fanatismos, los prejuicios, la
formación de estereotipos, la discriminación y la violencia especialmente la que
se ejerce contra las mujeres, niñas y niños, debiendo implementar políticas
públicas de Estado orientadas a la transversalidad de criterios en los tres
órdenes de gobierno.
Dejar a
un lado los estereotipos que se deben a diferentes características como clase
social, edad, religión, etnia, sexo, propiciados principalmente por los medios
de comunicación son uno de los principales culpables ya que a través de muchas
estrategias comerciales logran establecer modelos de conducta o apariencia que
la mayoría de las personas tratará de adquirir. La comunicación presenta
estereotipos de casi todos los “tipos” de persona (hombre, mujer, niño,
anciano, político, dueña de casa, homosexual y un largo etcétera).
No hacer distinción de las condiciones que pueda
tener una persona con respecto a otra, y por medio de esta distinción violar
los derechos de igualdad en el entorno de una vida social, esto simplemente por
tener una mejor posición económica, un color diferente de piel y otros aspectos
que surgen en el entorno de una sociedad.
ARTICULO 9.
El Estado promoverá y atenderá a través de apoyos financieros, o bien,
por cualquier otro medio- todos los tipos y modalidades educativos, incluida la
educación inicial, especial, media superior y superior, necesarios para el
desarrollo de la Nación.
Artículo 10. Sus organismos descentralizados y los
particulares con autorización o con reconocimiento de validez oficial de
estudios, es un servicio público.
Constituyen el sistema educativo nacional:
1. Los educando y los educadores.
2. Las autoridades educativas.
3. Los planes, programas, métodos y materiales
educativos.
4. Las instituciones educativas del Estado y de sus
organismos descentralizados.
5. Las instituciones de los particulares con autorización
o con reconocimiento de validez oficial de estudios.
6. Las instituciones de educación superior a las que la
ley otorga autonomía.
SEGÚN LA SEMS LA SUBSECRETARIA DE EDUCACION MEDIO SUPERIOR
El
Sistema Educativo Nacional está compuesto por los tipos: básico, medio superior
y superior, en las modalidades escolar, no escolarizada y mixta. El tipo básico
se compone de los niveles preescolar primaria y secundaria. El nivel medio
superior comprende los estudios de bachillerato y de técnico profesional. La
educación de tipo superior comprende licenciatura, especialización, maestría y
doctorado.
También
incluye la formación para el trabajo y tres clases de educación específica:
inicial, especial y para adultos.
Artículo 11.- La aplicación y la vigilancia a las
autoridades educativas de la Federación, de las entidades federativas y de los
municipios, en los términos que la propia Ley establece.
Secretaria de Educación
Pública
Autoridad educativa
municipal al ayuntamiento de cada municipio.
Las funciones
Siempre estar al tanto
de la calidad de educación que se imparten
SEP
Asegurar el acceso de todas las mexicanas y mexicanos a una educación de
calidad, en el nivel y modalidad que la requieran y en el lugar donde la
demanden las actualizaciones de libros de
texto, los libros y materiales didácticos y los
Contenidos educativos.
Municipios
Ayudar a la creación y mantenimiento de bibliotecas, escuelas, Canchas deportivas,
museos, parques etc.
Diseño de espacios,
mobiliario y equipos y, en general, de todos los elementos que integran el
Currículo
de la educación básica y los factores que afectan la calidad de los servicios.
CAPITULO II
DEL FEDERALISMO
EDUCATIVO
Sección 1.- De la
distribución de la función social educativa
Artículo 12.- Corresponden de manera exclusiva a la
autoridad educativa federal las atribuciones
Siguientes:
I. La Secretaría de Educación Pública y los
gobiernos de los estados, determinar para toda la República los planes y programas de estudio
para la educación preescolar,
la primaria, la secundaria, la normal y demás para la
formación de maestros de educación básica
II. La Secretaría de Educación Pública y los
gobiernos de los estados
EL
CALENDARIO ESCOLAR 2012- 2013 EN EL DIARIO OFICIAL DE LA FEDERACIÓN
2012-Junio-21
· Contempla los 200 días de clase que
establece la ley para cubrir los planes y programas aplicables para los
educandos.
· Las clases iniciarán el lunes 20 de agosto
del presente año y concluirán el viernes 5 de julio de 2013.
El Diario Oficial de la Federación publica hoy el “Acuerdo Secretarial 638
por el que se establece el calendario escolar para el ciclo lectivo 2012-2013,
aplicable en toda la República para la educación preescolar, primaria,
secundaria, normal y demás para la formación de maestros de educación básica”.
De esta manera, se cumple lo establecido en los artículos 38 de la Ley
Orgánica de la Administración Pública Federal; 12, fracciones II y XIV; 51,
primer párrafo, y 53, primer párrafo, de la Ley General de Educación y en el
artículo 5, fracción XIX del Reglamento Interior de la Secretaría de Educación
Pública.
El calendario escolar 2012-2013 contempla:
·
El curso básico de formación continua para la semana del 13 al 17 de
agosto.
·
El inicio del ciclo escolar para el día 20 de agosto.
·
El periodo vacacional de invierno iniciará el jueves
20 de diciembre de 2012 y concluirá el domingo 6 de enero de 2013.
·
El periodo de preinscripciones a educación preescolar, primer grado de
primaria y primer grado de secundaria a nivel nacional, será del 1 al 15 de
febrero de 2013.
·
El periodo vacacional de primavera será del lunes 25
de marzo al viernes 5 de abril, es decir se reanudan las clases el lunes 8 de
abril del 2013.
La Semana Nacional de Evaluación está programada del 3 al 7 de junio
de 2013.
El Fin de cursos será el día 5 de julio de 2013.
VII. Exámenes de evaluación para certificar que las y los
educadores y autoridades educativas son personas aptas
para relacionarse con las y los educandos
Evaluación Universal
de Docentes y Directores en Servicio de Educación Básica
Artículo 13.- Corresponden de
manera exclusiva a las autoridades educativas locales, en sus
respectivas competencias, las atribuciones siguientes:
VI.- Otorgar, negar y
revocar autorización a los particulares para impartir la educación preescolar,
la
primaria, la secundaria, la normal y demás para la
formación de maestros de educación básica;
Artículo 14.- Adicionalmente a las
atribuciones exclusivas a las que se refieren los artículos 12 y 13,
corresponde a las autoridades
educativas federal y locales de manera concurrente, las atribuciones
siguientes:
IV.- Otorgar, negar y
retirar el reconocimiento de validez oficial a estudios distintos de los de
preescolar, primaria, secundaria,
normal y demás para la formación de maestros de educación
básica que impartan los particulares;
VI.- Referente al
articulo 11 de la ley general de la educacion se Prestara servicios
bibliotecarios a través de bibliotecas públicas, a fin de apoyar al sistema
educativo nacional, a la innovación
educativa y a la investigación científica, tecnológica y
humanística;
Artículo 15.- El ayuntamiento de
cada municipio podrá, sin perjuicio de la concurrencia de las
autoridades educativas federal y
locales, promover y prestar servicios educativos de cualquier tipo o
modalidad.
El gobierno de cada entidad federativa
promoverá la participación directa del ayuntamiento para dar
mantenimiento y proveer de equipo básico a las escuelas
públicas estatales y municipales.
Artículo 16.- Las atribuciones
relativas a la educación inicial, básica -incluyendo la indígena- y
Especial
Artículo 17.- Las autoridades
educativas federal y locales, se reunirán periódicamente con el
propósito de analizar e intercambiar opiniones sobre el
desarrollo del sistema educativo nacional
Sección 2.- De los servicios
educativos
Artículo 18.- La formulación de
planes y programas de estudio para dichas instituciones, se harán en coordinación
con la Secretaría. Dichas dependencias expedirán constancias, certificados,
diplomas y títulos que tendrán la validez correspondiente a los estudios
realizados.
Artículo 19.- Será responsabilidad
de las autoridades educativas locales realizar una distribución
oportuna, completa, amplia y
eficiente, de los libros de texto gratuitos y demás materiales educativos
complementarios que
la Secretaría les proporcione.
Artículo 20.-
I.- La formación, con
nivel de licenciatura, de maestros de educación inicial
III.- La realización de
programas de especialización, maestría y doctorado
Artículo 21.- El educador es
promotor, coordinador, facilitador y agente directo del proceso educativo
El Estado otorgará un salario
profesional digno, que permita al profesorado de los planteles del propio
Estado alcanzar un
nivel de vida decoroso para ellos y su familia
Artículo 22.- la participación
de los padres de
familia.
Sección
3.- Del financiamiento a la educación
Artículo 26.- El gobierno de cada
entidad federativa, de conformidad con las disposiciones aplicables,
proveerá lo
conducente para que cada ayuntamiento reciba recursos
Estos recursos pueden
ser utilizados
para el mejoramiento de las instituciones educativas tanto de la zona
urbana como rural.
Ayuntamiento no Aporta Recursos Para
Educación
*La Participación Federal fue
Oportunamente Entregada
Tapachula, Chis. 07 de noviembre.- El aun alcalde municipal
Ezequiel el “Cheque” Orduña tal parece que está en contra de las políticas
gubernamentales que impulsa el Gobierno de Chiapas y Federal, es que en ésta
ocasión ha negado la entrega de recursos materiales a más de 50 escuelas del
nivel básico pese a existir un convenio de colaboración.
Los maestros inconformes establecen que el recurso por escuela oscila en los 30 mil pesos en especie, lo que asciende a una cifra de millón y medio de pesos, mismos que debieron haberse entregado hace cinco meses para el mejoramiento de las instituciones educativas tanto de la zona urbana como rural.
Cabe señalar que el compromiso del programa establece la entrega por parte del Gobierno federal de 50 mil pesos por escuela, recurso que ya fue entregado, mientras que la parte que le corresponde al “Cheque”, 30 mil pesos por escuela, no ha sido entregada.
Por ello los representantes de los centros escolares afectados en el Programa de Escuelas de Calidad exigen al “Cheque” respuesta pronta al tiempo de pedir la intervención del Gobierno Estatal y Federal para verificar a donde fueron a parar los recursos destinados a ese programa educativo, y es que tampoco han tenido apoyo del Delegado de Educación, Alberto Ulloa Toledo.
Los maestros inconformes establecen que el recurso por escuela oscila en los 30 mil pesos en especie, lo que asciende a una cifra de millón y medio de pesos, mismos que debieron haberse entregado hace cinco meses para el mejoramiento de las instituciones educativas tanto de la zona urbana como rural.
Cabe señalar que el compromiso del programa establece la entrega por parte del Gobierno federal de 50 mil pesos por escuela, recurso que ya fue entregado, mientras que la parte que le corresponde al “Cheque”, 30 mil pesos por escuela, no ha sido entregada.
Por ello los representantes de los centros escolares afectados en el Programa de Escuelas de Calidad exigen al “Cheque” respuesta pronta al tiempo de pedir la intervención del Gobierno Estatal y Federal para verificar a donde fueron a parar los recursos destinados a ese programa educativo, y es que tampoco han tenido apoyo del Delegado de Educación, Alberto Ulloa Toledo.
Artículo 27.- el
Ejecutivo Federal y el gobierno de
cada entidad federativa tomarán en cuenta el carácter prioritario de la
educación pública
Como nos señanala la
Reforma Educativa, la educación es un asunto que se considera prioritario y debe analizarse
desde una visión a
mediano y largo plazo, ya que solo así pueden verse en realidad
los frutos de un
cambio de modelo.
Artículo 28.- Son de interés social
las inversiones que en materia educativa realicen el Estado
De
acuerdo con el informe de la gestión de Eruviel al frente del Estado de México,
durante este primer año se invirtieron mil 250 millones de pesos en el sector,
de los cuales el 32 por ciento (407 millones de pesos) se utilizó para repartir
3 millones 110 mil paquetes de útiles escolares.
Según
este primer informe del gobernador Eruviel Ávila, el sistema educativo
mexiquense tiene una matrícula de cuatro millones 520 mil alumnos,
atendidos por alrededor de 233 mil maestros, en más de 23 mil centros
escolares.
De
acuerdo con este mismo documento, se invirtieron 224 millones de pesos (18 por
ciento) para estimular a los estudiantes de educación básica que tienen buenas
notas académicas y participan en la escolta de sus escuela. Otro 3 por ciento
(41 millones de pesos) fueron para apoyar a los alumnos que participan en las
bandas de guerra, según señaló Eruviel ante el pleno de la LVIII Legislatura
local, donde también estuvieron presentes gobernadores de distintas entidades
del país y el ex gobernador mexiquense Enrique Peña Nieto.
Estos
apoyos económicos también contemplan los niveles Medio y Superior, los cuales
durante el ciclo escolar 2011-2012, implicaron un gasto de 50 millones de
pesos.
Finalmente,
unos 44 mil padres de familia recibieron apoyos financieros de 3 mil pesos a
través de un monedero electrónico de la tienda Soriana, por “involucrarse
activamente en el mejoramiento de las escuelas de sus hijos”. De hecho,
Eruviel Ávila decretó el 20 de septiembre como el Día de las Sociedades de
Padres de Familia en el Estado de México.
Sección 4.- De la
evaluación del sistema educativo nacional
Artículo 29.- Corresponde a la
Secretaría la evaluación del sistema educativo nacional,
La Dirección General de Evaluación de Políticas
Objetivo.Principal
|
Desarrollar evaluaciones válidas y
confiables para proveer de información pertinente y oportuna a las
autoridades educativas federales y estatales.
|
PRESENTACIÓN DE RESULTADOS DE ENLACE 2012.
Artículo 30.- Las instituciones
educativas establecidas por el Estado, por sus organismos
descentralizados y por los
particulares con autorización o con reconocimiento de validez oficial de
estudios, otorgarán a las autoridades
educativas todas las facilidades y colaboración para la evaluación a
que esta sección se
refiere.
Artículo 31.- Las autoridades
educativas darán a conocer a los maestros, alumnos, padres de familia
y a la sociedad en general, los
resultados de las evaluaciones que realicen, así como la demás
información global que permita medir
el desarrollo y los avances de la educación en cada entidad
federativa.
ENLACE 2012
El avance en Matemáticas en Primaria fue
muy importante. La proporción de alumnos ubicados en los niveles de Bueno o
excelente pasó de 17.6% en 2006 a 44.3% en 2012, lo que significa que 3.6
millones de alumnos alcanzaron ese nivel. Por otro lado, de 2011 a 2012 el
porcentaje de alumnos en Bueno o Excelente aumentó 7.4 puntos porcentuales,
rebasando la meta sexenal del 27.5.
En Español Primaria, la proporción de
alumnos que alcanzaron el nivel Bueno o Excelente pasó de 21.3% en 2006 a 41.8%
en 2012, un incremento de 20.5 puntos porcentuales, con lo que se rebasó la
meta sexenal.
Destaca el avance en Habilidad Matemática
en Educación Media Superior, donde el porcentaje de alumnos en los niveles
Bueno y Excelente aumentó de 15.6% en 2008 al 30.8% en 2012.
CAPITULO III
DE LA EQUIDAD EN LA
EDUCACION
Artículo 32.- una mayor equidad
educativa, así como el logro de la efectiva igualdad en oportunidades de acceso
y permanencia en los servicios Educativos.
Articulo
33.-
III.- Promoverán centros de
desarrollo infantil, centros de integración social, internados, albergues
escolares e infantiles y demás
planteles que apoyen en forma continua y estable el aprendizaje
y el aprovechamiento de los alumnos;
INSTITUTO ESTATAL DE
EDUCACION PUBLICA DE OAXACA
Centos de Integración Social (CIS)
¿QUIENÉS
SOMOS?
Somos servicios con carácter de internados mixtos que atienden
alumnos entre 6 a 16 años de edad, provenientes de familias humildes con
precaria situación económica y de poblaciones con rezago educativo de 1° a 6°
grados, adjunto también se capacitan en artes y oficios con los diferentes
talleres, los CIS, se encuentra establecidos en poblaciones estratégicas como
son: San Pablo Guelatao ixtlán de Juárez, Zoogocho, San Juan Bautista Tuxtepec,
Yosondua, Eloxochitlán de Flores Magón, Huautla de Jiménez y San Juan Copala.
Artículo 34.- Además de las
actividades enumeradas en el artículo anterior, el Ejecutivo Federal
llevará a cabo programas
compensatorios por virtud de los cuales apoye con recursos específicos a los
gobiernos
de aquellas entidades federativas con mayores rezagos educativos,
Artículo
35.- En el ejercicio de su función compensatoria, y sólo tratándose de
actividades que
permitan mayor equidad
educativa, la Secretaría podrá en forma temporal impartir de manera concurrente
educación básica y normal
en las entidades federativas.
Artículo
36.- El Ejecutivo Federal, el gobierno de cada entidad federativa y los
ayuntamientos, podrán
celebrar convenios para
coordinar las actividades a que el presente capítulo se refiere.
CAPITULO IV
DEL PROCESO
EDUCATIVO
Sección 1.-
De los tipos y modalidades de educación
Artículo
37.- La educación de tipo básico está compuesta por el nivel
preescolar, el de primaria y el
de secundaria.
Párrafo
reformado DOF 10-12-2004
El tipo medio-superior
comprende el nivel de bachillerato, los demás niveles equivalentes a éste, así
como la educación
profesional que no requiere bachillerato o sus equivalentes.
El tipo superior es el que
se imparte después del bachillerato o de sus equivalentes. Está compuesto
por la licenciatura, la
especialidad, la maestría y el doctorado, así como por opciones terminales
previas a
la conclusión de la licenciatura. Comprende la educación normal en
todos sus niveles y especialidades.
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